3 de noviembre de 2017

“De la tiranía” al “Madurociliato”: un intento científico político de caracterización.TERCERA PARTE



El “Gobierno-Maduro”: reflexiones empíricas sobre su configuración política estructural. Acerca del “Maduriciliato” y otros “atos”…

El 8 de diciembre del año 2012, el Presidente Hugo Chávez se dirige a la nación para informarle de la imperiosa necesidad de someterse a una nueva intervención quirúrgica con motivo de su ya conocida y grave dolencia. Aquella noche, el Presidente Chávez hace una petición sentida a sus seguidores en los siguientes términos:

“…el compañero Nicolás Maduro, un hombre revolucionario a carta cabal, un hombre de una gran experiencia, a pesar de su juventud; de una gran dedicación al trabajo, una gran capacidad para el trabajo, para la conducción de grupos, para manejar las situaciones más difíciles. Lo he visto, lo hemos visto (...) mi opinión firme, plena como la luna llena, irrevocable, absoluta, total, es que —en ese escenario que obligaría a convocar como manda la Constitución de nuevo a elecciones presidenciales— ustedes elijan a Nicolás Maduro como presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Yo se los pido desde mi corazón”.[1]
La unción se había completado. El problema de la “sucesión carismática” había sido “resuelto”, desde el mando, por el “líder carismático dominador”[2]. Hubo varios aspectos interesantes en aquel acto. En primer lugar los “rostros de circunstancias”. Todo parecía indicar que el Presidente Chávez ya habría conversado con quienes lo acompañaban. Estaban allí precisamente las únicas cinco opciones que tenía para ungir. El Ingeniero Rafael Ramírez Carreño, artífice y creador de la PDVSA “roja-rojita”, junto a la arquitectura financiera de una “posible guerra asimétrica de resistencia”. Elías Jaua Milano, sociólogo, atormentado desde joven por las “rupturas ideológicas conceptuales”, ex- Vicepresidente de la República, teórico de la revolución y líder de los “ideólogos jóvenes”. Jorge Arreaza Montserrat, yerno del Presidente, internacionalista, otro ideólogo, también ministro y leal a Chávez desde sus inicios en la presidencia. Y los dos más relevantes: a su diestra, Diosdado Cabello Rondón, militar de corta data, licenciado inconcluso en computación, uno de sus “pupilos predilectos” en la Academia Militar de Venezuela, dónde el Comandante Presidente fuese oficial de planta, en la oportunidad de estarse formando Cabello. Y a su siniestra, Nicolás Maduro Moros, quien siempre se autodenominó “chofer de autobús”, líder sindical a medio terminar, en pareja con la abogada Cilia Flores, ambos muy conocidos a lo interno del PSUV por sus “prestidigitaciones palaciegas” a los fines de ir, cada vez más, ocupando espacios de poder en la retícula oligárquica gobernante.

Desde nuestra perspectiva muy particular, Chávez escogió a quien, en estricto apego a la cadena de mando, le correspondía: Maduro era el Vicepresidente en funciones. Pero además, contando con una milagrosa pero larga recuperación, Nicolás Maduro hubiese sido un dócil segundo a quien indicarle que rumbo seguir, aun estando fuera de la Presidencia de la República; ningún líder carismático dominador tiene “un buen segundo capaz de sustituirlo” porque la posible “sustitución” no cabe en su mente; el segundo siempre será segundo y si intenta ser primero sin su unción, cae. Pero en la eventualidad, bien posible por cierto, de la muerte, Maduro era el único de los cinco con posibilidades de salir adelante con un mínimo de conflictos políticos tanto internos como externos. Ramírez, muy organizado y bueno en las lides de planificador, dueño de las “claves financieras ocultas”, resultaba demasiado ambicioso de dinero, además, sin arrastre popular de ningún tipo. Jaua, un teórico marxista a medio cocinar, tampoco se había preocupado por “sembrar amistades”; muy por el contrario, tenía enemigos hasta en la base del partido. Arreaza, serio y trabajador, tenía sin embargo una evidente falta de carácter; podía ser un "caballo de tiro", pero jamás "un tigre". Y Cabello, el otro extremo, se había ido maleando en el camino, organizando por una parte a sus propias “huestes militares” pero sembrando odios y venganzas por doquier, así como “lealtades peligrosas” a cambio de favores. No le quedaba más remedio y con ese voluntarismo personalista propio de todo líder carismático dominador, expuso su convicción “plena como la luna llena”: Maduro debía ser el Presidente.

Chávez murió y Maduro se preparó para una elección, tal cual lo disponía la Constitución. Todo hacía suponer que la emocionada convocatoria de Chávez, arrimaría su caudal propio de votos al ungido. El Comandante Presidente tenía (los números parecían indicarlo) un capital electoral montante en 2.8 millones de votos suguros, solos, únicos de él, que le habían proporcionado triunfo tras triunfo electoral. Y el “chavismo jerárquico oficial” ahora sí, de verdad, sin Chávez, supuso que la convocatoria postrera del Presidente, arrimaría esos votos a Nicolás Maduro. No ocurrió así; Nicolás Maduro casi pierde con el peor candidato de su contraparte política, con todo y más, eterno “revolcado” por Hugo Chávez. Los grupos de poder, que ya existían a lo interno del PSUV, se nuclearon más y levantaron “barricadas” más altas, distinguiéndose cada día, más nítidamente aquellas paredes casi infranqueables. Así las cosas, se convirtió aquel gobierno, llevado en años previos casi con exclusividad por el líder carismático,  en un “gobierno colegiado”, con un grupo pugnando por dominar y otros tratando de sobrevivir, en medio de una constante urdiembre de intrigas, promovidas desde el grupo que trataba de imponerse por todos los medios a su alcance, incluyendo recompensas, ascensos, acomodos, prebendas y negocios variopintos, aprovechándose de su condición de mando “constitucional” indiscutible: el Madurociliato.

Y cabe preguntarse ¿Qué definimos como Madurociliato? Luego del 13 de abril de 2002, la pareja Maduro-Cilia, se convirtió en una “unidad estratégica de negocios públicos” que al inicio con poca fuerza y gente, fue abriéndose camino hasta la “diestra del padre”. Luego la abogada Cilia Flores, con ocasión de su Presidencia en la Asamblea Nacional, urdió una red de amigos-familiares-allegados-prebendados en la AN, que, entre otros, el dirigente sindical psuvista venido a menos William Giménez, denunció en reiteradas ocasiones y estimó, en valores relativos, en una cantidad superior al 80% de los trabajadores de la AN.  Quizás una apreciación exagerada, da cuenta sin embargo de una conducta que hemos visto reflejada en la cantidad de familiares por vía consanguínea de la “Primera Combatiente”, en cargos públicos de importancia. A eso hay que añadir Ministros, Contralores, Tesoreros, Magistrados y hasta Generales y Almirantes “amigos y colaboradores” que hoy por hoy son “fichas directas” del Madurociliato, porque deben sus carreras y estabilidad laboral a la pareja presidencial.

De manera que por Madurociliato entendemos al grupo de poder que protegido bajo la techumbre de la pareja presidencial, han construido junto a ellos una red de complicidades y negociados que sirven a propósito de la conservación de una posición inexpugnable, así como de nódulos de información que permiten obtener, como su nombre lo indica, información privilegiada de sus contrapartes internas, de cara al manejo de los conflictos políticos propios de toda “oligarquía de hierro” existente en una organización política (Mitchel). El Madurociliato además tiene su propia agenda, sus propios informantes y sus maneras particulares de proceder. Sin ser el más grande “ato” del chavismo, se hace, cada día que pasa, más potente. El Madurociliato es el titular más poderoso de “la tiranía”, tal y como la hemos definido en este trabajo, sin que ello signifique que esta, “la tiranía”, no sea una “tiranía colegiada”.

El contrapeso del Maduricialiato es el Cabellato. Liderado por Diosdado Cabello Rondón, Primer Vicepresidente del PSUV y, por ende, “segundo” de Nicolás Maduro en el partido, no es más que un “segundo de forma” porque de fondo, Cabello controla el partido, a las UBCH (Unidades de Batalla Bolívar Chávez), un aparato de propaganda, seguidores, espalderos y sigüises, que monta más de un millón trescientas mil personas. Acaso como Ernest Rhöm en su momento en la Alemania nazi y con las SA, Cabello tiene en sus manos el poder de la movilización del PSUV. También controla a su propia “logia militar” y tiene un ascendiente indiscutible sobre buena parte de su propia promoción, al haber sido el Alferéz Auxiliar[3] en ella. Cabello ha tejido una retícula oligárquica a semejanza de Chávez, a partir de la construcción intencionada e inicial de su propia “célula pentagonal de poder[4]”. El Cabellato, también ejerce y con particular vesania, parte de la titularidad de la “tiranía colegiada”. Sin duda deben existir más “atos” dado el fraccionalismo y atomización que caracteriza  los movimientos políticos creados por el voluntarismo personalista de un líder carismático dominador, cuando este desaparece. Sin embargo, su presencia es intrascendente para este trabajo.

CONCLUSIÓN

Por todo lo anteriormente expuesto nos permitimos concluir que, desde la definición instrumental creada por nosotros en este muy breve intento de caracterización, el “Gobierno-Maduro” configura una tiranía, porque habiendo creado las leyes (algunas de ellas exhibidas como “legado supremo y eterno”), las viola, las destruye y las ignora, además con la certeza de la impunidad. Se lleva por delante sus propios sistemas de administración e incluso sus propias instituciones. Por otra parte, no es una tiranía ejercida a título personal; se trata de una “tiranía colectiva y colegiada” que ejerce el poder según el balance (positivo o negativo) de sus propios intereses, pudiendo llegar al ejercicio de la arbitrariedad por encima del contenido de las leyes, cualesquiera que estas sean. 

La titularidad de la tiranía reposa en varios grupos de poder al interior tanto del “Gobierno-Maduro” como de las estructuras políticas que lo rodean, distinguiéndose entre ellos aquel formado por la pareja presidencial venezolana y que definimos como Madurociliato  y aquel dirigido por Diosdado Cabello Rondón, primer Vicepresidente del PSUV y actual diputado a la Asamblea Nacional. Como hemos acotado, pudieran existir más “atos” pero a los fines de este intento de caracterización, no resulta trascendente su mención.

Quien sabe, en el mundo de los fenómenos macroscópicos, los eventos de la realidad son susceptibles de percepción, análisis y emisión de ciertas conclusiones; en el mundo cuántico no sabemos aún cuantos fenómenos son posibles. Acaso la Macumba cubana, hace parte de alguna clase de manejo en el mundo cuántico. Si así fuese, hacemos votos porque Raúl se marche pronto a esa dimensión y se lleve con él lo que de su parte depende en otras tierras.


[1] Recuperado de internet en http://www.albatv.org/8-de-diciembre-Dia-de-Patria-amor.html. Las negrillas son nuestras.
[2] En su texto “Sociología del Poder” Max Weber define al líder carismático y refiere que uno de los grandes problemas de las organizaciones humanas bajo la égida de aquel, es la sucesión cuando el líder desaparece, se retira, muere en combate o de muerte natural. La “unción en vida”, es el mecanismo más adecuado para evitar los conflictos de poder que inevitablemente se presentarán con la desaparición de líder carismático, porque está manifestando su “sagrada voluntad”, sentencia inapelable, indiscutible y aceptada como “legado pétreo”.
[3] Para quienes no conocen o conocen muy poco del tema militar, el Alférez Auxiliar de una Curso Militar, el último año de formación profesional, equivale al mejor segundo cadete de toda la institución, con una combinación del rendimiento académico más aventajado, espíritu militar y de cuerpo, así como conducta irreprochable.
[4] La “célula pentagonal de poder” es un concepto propio y la hemos utilizado en varios de nuestras propuestas metodológicas como categoría descriptiva. Tenemos un trabajo con ese nombre que puede hallarse en internet solo colocando “La célula pentagonal de Poder” en cualquier buscador.

2 de noviembre de 2017

“De la tiranía” al “Madurociliato”: un intento científico político de caracterización.SEGUNDA PARTE




Del “Gobierno-Maduro”,la tiranía” y sus correlatos…

En principio resulta condición necesaria y suficiente establecer formalmente una definición de “Tiranía”, de la cual partiremos para la respectiva caracterización. Al considerar la intersección de los conceptos de Alfieri y Seijas para la construcción de uno propio, entenderemos, en el contexto del presente trabajo, por “Tiranía” “…a una forma de gobierno en la que quien la ejerce no solo hace las leyes a su real saber y entender, capricho y satisfacción de intereses (bien sean materiales o de poder), sino que puede, en el camino de su aplicación, violarlas, ignorarlas, entorpecerlas o destruirlas según, precisamente, el balance positivo o negativo de esos intereses en juego, sustituyendo en consecuencia por la arbitrariedad sus contenidos e ignorando todo sistema de administración, sobreponiéndose a él así como a las instituciones, aun siendo ambos sujetos-objetos de su propia creación.”
Nótese que no hablamos del sistema político integralmente; nos limitamos a “una forma de gobierno” que es apenas una parte del sistema político; en nuestras concepciones teóricas seguidas como líneas de investigación, apenas se trata de "la manera de conducir, administrar, coordinar y supervisar, los recursos y actividades del Subsistema Político Estado".
 El segundo paso que emprenderemos, consiste en derivar del concepto sus características estructurales, de manera que podamos compararlas con ejecutorias concretas del Gobierno-Maduro, a objeto de determinar si el sujeto-objeto de estudio tiene comportamientos asimilables a ellas (las características) por vía empírica, configurando en consecuencia una “Tiranía” o al menos un comportamiento calificable de “tiránico”. Desde esta perspectiva metódica, procedamos en consecuencia precisando esas características. La “Tiranía” se caracteriza, reiteramos, desde nuestra perspectiva teórica, por dos elementos estructurales esenciales:
a)     1)  Quien hace las leyes, las hace a capricho y/o real saber y entender, a los fines de la satisfacción de sus intereses, sean materiales o de poder…
b)    2) Quien hace las leyes puede "violarlas, ignorarlas, entorpecerlas o destruirlas" según el balance positivo o negativo de esos intereses en juego, pudiendo sustituir por la arbitrariedad, sus contenidos e ignorando todo sistema de administración, sobreponiéndose a él, así como a las instituciones, aun siendo ambos sujetos-objetos de su propia creación.
    
Comencemos por el ejercicio de algunos de los derechos y atribuciones que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela vigente, consagra al Presidente de la República, concentrándonos apenas en dos: el ejercicio del derecho a ausentarse del territorio nacional a los fines de la realización de algunas de las funciones que la naturaleza de su alto cargo así establezca y la declaratoria de los llamados “estados de excepción”. La Constitución vigente establece en su artículo 235 que “…la ausencia del territorio nacional por parte del Presidente o Presidenta de la República requiere la autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, cuando se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos.” El Presidente Maduro se ausentó del territorio nacional en más de una ocasión, desde enero de 2017 y por más de cinco días, sin cumplir con ese requisito; argumentó entonces un presunto desacato del cuerpo legislativo que, como figura jurídica, es dudable y, en todo caso, no obsta para el cumplimiento de lo previsto en el artículo 235. Lo hizo en fecha reciente, al ausentarse nuevamente del país. El Presidente ha deliberadamente “violado” la ley y la ha sustituido por un comportamiento “arbitrario”, “ignorando además a un sistema de administración” y, abiertamente, a la institución del Estado que tiene por obligación “cumplir y hacer cumplir las leyes”.

El artículo 236 de la misma ley fundamental, establece las atribuciones del Presidente o Presidenta de la República. El numeral 7 dispone que es atribución del Primer Mandatario Nacional “…declarar los estados de excepción y declarar la restricción de garantías…” que consagre la misma Constitución; el artículo 339 establece específicamente los extremos de los estados definidos como de tal naturaleza y dispone taxativamente que el decreto en el que el Presidente o Presidenta establezca tal situación emergente “…será presentado, dentro de los ocho días siguientes a haberse dictado, a la Asamblea Nacional o la Comisión Delegada…”. La ley especial que rige la materia y que fuese producto de un Decreto-Ley formulado por el Presidente Chávez en su oportunidad, preveía la duración de los decretos hasta por sesenta días y con la posibilidad de una prórroga equivalente, siempre que se cumpliese con los extremos antes citados.

El Presidente Maduro presentó únicamente la primera solicitud y ante la negativa de la Asamblea Nacional, ignoró esa decisión, prorrogando además, en más de cuatro oportunidades, los decretos de estado de excepción, sin cumplir con los extremos de la Constitución y de la Ley Especial. De nuevo, “violó e ignoró” la ley, privó “la satisfacción de los propios intereses políticos”, actuando “arbitrariamente por encima de instituciones y sistemas administrativos”, aun creados por ellos mismos, en este caso, el Decreto-Ley de estados de excepción, parte indubitable del “legado jurídico” del Presidente Chávez.

Veamos ahora los casos atribuibles a la conculcación de los derechos políticos de la ciudadanía y que pudiesen configurar “comportamientos tiránicos” conforme las características previamente definidas.  Permítasenos la transcripción del artículo 72 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, vigente desde 1999:

“Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato. Cuando igual o mayor número de electores o electoras que eligieron al funcionario hubieren votado a favor de la revocación, siempre que haya concurrido al referendo un número de electores o electoras igual o superior al veinticinco por ciento de los electores o electoras inscritos, se considerará revocado su mandato y se procederá a cubrir su falta absoluta conforme lo dispuesto en esta Constitución y la ley.”[1]

Del texto constitucional precedente se colige que cualquier funcionario o funcionaria de elección popular puede ser sometido a referéndum revocatorio[2] y si una cantidad igual o superior al 25% del padrón electoral concurre a las urnas y vota a favor de la revocación, este acto es de aplicación inmediata. En el año 2016, cumplida la mitad del mandato del Presidente Maduro, su contraparte política, desde enero de ese año, presentó ante el Consejo Nacional Electoral (titular del Poder Electoral en Venezuela) la solicitud para la revocatoria del mandato al Presidente Nicolás Maduro. Cinco meses se tardó el organismo referido para dar una respuesta[3], mientras el partido político en el poder, el Partido Socialista Unido de Venezuela, iniciaba una campaña intensa de propaganda para deslegitimar la solicitud con cualquier pretexto. Paralelamente, el CNE a sala plena, con el voto salvado del Rector Luis Emilio Rondón, creó un dispositivo legal fuera de la legislación electoral, que estableció una cantidad de requisitos inexistentes en la ley. En un programa de televisión la Rectora Socorro Hernández (quien fuese presidenta de varias empresas del Estado y ministro del gobierno en funciones, siendo nombrada finalmente rectora del CNE), manifestó que era obligante crear ese “dispositivo especial” porque el referéndum revocatorio de un Presidente era “cuestión muy seria”. Interrogada sobre el hecho de que el Presidente Chávez se había sometido a un proceso equivalente, además organizado en tiempo record por la maquinaria electoral venezolana, respondió que “Chávez era Chávez y esos fueron otros tiempos”.

El dispositivo se aplicó; el CNE hizo todo lo que estuvo a su alcance para “entorpecer” la realización tanto del referéndum como el acto de recolección de firmas, desde la restricción de lugares y el uso de máquinas para la validación de los datos de los firmantes, hasta lentitud administrativa en los procesos, posiblemente con la idea de cansar y decepcionar a quienes quisieran consignar sus rúbricas. Aun así, la oposición política al Gobierno-Maduro  logró cumplir todos los requisitos y el CNE, conforme a Derecho, convocó el referéndum revocatorio. Faltando una semana para su realización y luego de una feroz campaña oficial contra la validez de las firmas, en cuatro estados del país bajo el gobierno del PSUV, cuatro jueces de primera instancia en lo penal, reconocidos militantes de esa tolda política, admitieron igual número de recursos de nulidad de los actos de recolección de firmas, interpuestos por los gobernadores de sus estados respectivos, por considerarlos fraudulentos. Apure, Aragua, Bolívar y Carabobo fueron los estados del país dónde esa amañada acción, hecha ante tribunales no competentes sobre materia electoral y convirtiendo en delito común un delito, en todo caso, de materia electoral, tuvo lugar y los jueces consideraron procedente la acción interpuesta por los gobernadores, dirigentes altamente conocidos militantes del PSUV, quienes, de paso, advirtieron “actuar de buena fe y más allá de toda militancia política, en aras de la pulcritud de los procesos electorales”. Jamás se presentó una prueba; nunca hubo imputados, ni señalados y menos acciones ulteriores.

El CNE admitió tales recursos como válidos (cuando tenía que haber sido una sentencia firme o al menos la emisión de un recurso de interpretación, interpuesto por el Poder Electoral o los agraviados actuando en nombre propio, ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, existiendo abierta una diligencia formal sobre el particular, cumplidos los lapsos y escuchadas las partes), suspendiendo en consecuencia la realización del referéndum revocatorio. El CNE “violó, ignoró y entorpeció” la aplicación de la ley; actuó “con arbitrariedad y a favor de los intereses políticos de una de las partes”, arrollando en tan deleznable movimiento a su propia institucionalidad e ignorando el funcionamiento de organismos por ellos específicamente creados.

En las recientes elecciones, tanto aquellas relativas a la Asamblea Nacional Constituyente como las de gobernadores hace unas pocas semanas realizadas (convocadas para octubre de 2016 y luego suspendidas bajo el pretexto de la falta de recursos), el CNE creó mega-centros de votación en los cuales agrupó centros y mesas, aduciendo “problemas de seguridad”;  radicó centros electorales en el interior de instalaciones militares; suspendió la aplicación de algunos mecanismos de control; cerró centros de votación; reasignó a electores a otros centros, especialmente en aquellos estados dónde hubiese particular concentración del voto opositor; abrió tarde las mesas de votación; impidió la presencia de testigos de la oposición en algunas regiones y mesas; extravió documentos; falseó resultados; y admitió del partido oficial conductas directamente señaladas en la ley como delitos electorales, en actos tan simples como la presencia de militantes del PSUV, haciendo actividades proselitistas, a menos de 100 metros de los centros de votación y el mismo día de los comicios.El CNE, de nuevo, “violó, ignoró y entorpeció” la aplicación de la ley; actuó “con arbitrariedad y a favor de los intereses políticos de una de las partes”, pasándole por encima a su propia institucionalidad e ignorando el funcionamiento de organismos por ellos específicamente creados.

A estos casos de naturaleza relativa al ejercicio de los derechos políticos, hay que añadir la conculcación de los derechos económicos, además de la abierta violación de ciertas garantías individuales, expresados en la ocupación ilegal, por parte de diversos organismos del Gobierno-Maduro, de comercios, locales de variada actividad económica, además de tierras e inmuebles sin el consentimiento de sus propietarios, sin mediar negociación, ni indemnización alguna; el allanamiento, detención preventiva y finalmente definitivo encarcelamiento de ciudadanos de toda índole, por cuerpos de inteligencia, sin averiguación penal previa, ni imputación de delito alguno ante tribunal competente, con privación indefinida de la libertad, sin existir causa abierta y, en consecuencia, sentencia firme alguna; radicación de casos en tribunales militares, siendo algunos de los delitos imputados a quienes están en calidad  de "procesados", de jurisdicción penal ordinaria y/o convertidos en delitos de jurisdicción militar, para trocar los procesos en expeditos y/o limitados por el secretismo que lo castrense, por naturaleza, ha de poseer.

Como es posible colegir de la exposición anterior, estamos en presencia de “comportamientos tiránicos” que encajan en nuestra definición y sus características estructurales. Pero algo parece quedar claro de todo lo anterior: la borrosidad en la identificación de la titularidad de la “tiranía”. Pareciese ser más una “tiranía grupal” (“de muchos” como diría Aristóteles o “de algunos pocos” como acaso pudiese calificar Alfieri). Indispensable identificar esa titularidad, pero esa tarea corresponderá a la TERCERA PARTE de nuestro artículo, esto es, la identificación de los “grupos de poder” y su presunto “nivel de titularidad”.






[1] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial N° 5.453 Extraordinario.  IMPRENTA NACIONAL. Caracas, 24 de marzo de 2000. Pág.76
[2] El Presidente Hugo Chávez se sometió a un proceso de tal naturaleza el 15 de agosto de 2004, obteniendo el 59,1 % del voto a favor, esto es, por el NO.
[3] Cabe destacar que ese organismo tiene una dirección colegiada, encabezada por un Rector titular. La directiva actual de ese organismo, cuyos Rectores titulares deben ser elegidos por la Asamblea Nacional, previa presentación de credenciales ante un Comité de Postulaciones, se ha mantenido en sus cargos y le han extendido su período por una decisión írrita del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los magistrados del Tribunal Supremo militan en el partido de gobierno (PSUV) y cuatro de los cinco rectores del Poder Electoral, también son militantes confesos y convictos de la misma organización política.